Agenda cultural
La SNC reglamenta inventario de bienes privados muebles
Coleccionistas, propietarios y comerciantes de bienes culturales muebles, así como responsables de museos privados, deben presentar ante la SNC el inventario de las piezas bajo su tenencia. El plazo para completar este trámite expira 7 de diciembre de 2023. Quienes no cumplan serán pasibles de las sanciones administrativas previstas en la Ley de Protección del Patrimonio Cultural.

Museo de Arte Sacro "Juan Sinforiano Bogarín" © Laura Mandelik
La Secretaría Nacional de Cultura (SNC) oficializó, a través de la Resolución Nº 687, la reglamentación de la presentación del inventario privado de bienes culturales muebles por parte de coleccionistas, propietarios, comerciantes y museos privados, de conformidad al artículo 32 de la Ley Nº 5621/2016 “De Protección del Patrimonio Cultural”.
De este modo, el ministro de Cultura, Rubén Capdevila, resuelve convocar a los coleccionistas y/o propietarios de bienes culturales muebles, a los comerciantes de dichos bienes y a los responsables de museos privados a presentar el inventario de bienes culturales bajo su tenencia ante la SNC, conforme a los formularios que acompañan la mencionada resolución. Asimismo, los coleccionistas y comerciantes deben aclarar a quién o a quiénes corresponde la propiedad de los bienes culturales muebles que detenten por cuenta ajena. Los marchands deberán, además, llevar un registro de sus operaciones con dichos bienes.

Sala de cerámica popular, CAV/Museo del Barro. Cortesía
Por otra parte, el documento determina que la presente convocatoria tendrá vigencia por el término de dos años a partir del 7 de diciembre de 2021. Cumplido dicho plazo, quienes no presenten el inventario serán pasibles de sanciones administrativas previstas en el artículo 42 de la Ley Nº 5621/2016, de “Protección del Patrimonio Cultural”.
El personal técnico de la Dirección General de Patrimonio Cultural de la SNC podrá brindar capacitación técnica para la realización del inventario a los afectados por esta disposición, previa petición por escrito a la máxima autoridad institucional de la SNC. Igualmente, la SNC se encuentra elaborando un compendio normativo para su publicación a fines de este año. El mismo será difundido en una campaña de capacitación a nivel nacional sobre la Ley Nacional de Cultura, la Ley de Protección del Patrimonio Cultural y sus reglamentaciones vigentes, impulsando la articulación del Sistema Nacional de Patrimonio.
Los bienes históricos muebles son los objetos como pinturas, esculturas, fotografía, archivos, altares, portones, vajillas, artefactos, piezas arqueológicas, que pueden ser transportadas, y que se relacionan con la historia de una cultura.
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