La Comisión de Árbitros de la APF consideró correcta la dedición de no pitar penal para Cerro Porteño en la jugada que involucró a Walter Clar y Alfio Oviedo. “Analizadas las imágenes, el árbitro confirma que el defensor juega primeramente el balón y posteriormente se produce un contacto por acción de juego contra el oponente, por lo que decide cancelar su decisión inicial de penal como así también la tarjeta de amonestación. Correcta decisión”, explicó la voz en off del " target="_blank" rel="noopener">videoanálisis.
Las redes sociales de Cerro Porteño publicaron un video este miércoles, contradiciendo a la Comisión de Árbitros. “Luego del informe oficial presentado por la Comisión de Árbitros, revisamos la jugada junto con asesores especializados y concluimos que la 'acción de juego' es una disputa potencialmente peligrosa para el físico de nuestro jugador. Según este criterio, la decisión técnica inicial del árbitro se puede considerar más apropiada para esta situación, acompañada de una sanción disciplinaria por temeridad. Todo esto respaldado por consideraciones del Reglamento IFAB (International Football Association Board)”, dice el mensaje.
El video de Cerro Porteño también cuenta con su propia voz en off que explica las acciones de juego. “En la primera imagen se observa que ambos jugadores se encuentran en el suelo. En la secuencia se observa que el jugador de blanco está de frente a la jugada y tiene a vista al jugador de azul/rojo. Cuando intuye la trayectoria del balón, extiende la pierna para interceptar el tiro”, describe el material azulgrana.
“Para considerar si hay una disputa, primero observa la definición de la IFAB: acción con la que un jugador pugna con un adversario por un balón cercano con el fin de arrebatárselo. En este caso se observa que ambos jugadores están a distancia del balón y que están dispuestos a disputar. En primera instancia, se observa que el jugador de blanco toca el balón. Posteriormente, impacta en la cabeza del adversario, en su propia área penal. El impacto no conlleva exceso de fuerza o brutalidad; sin embargo, a una misma distancia de juego, en ese contexto, la acción realizada por le jugador de blanco no tiene en cuenta el riesgo o las consecuencias para el adversario. El impacto se produce en la cabeza, una zona sensible del cuerpo. (...). El poder jugar o disputar el balón no implica el derecho de hacerlo de forma imprudente, temeraria o con uso de fuerza excesiva”, añade la explicación desde Cerro Porteño.
Por último, los azulgranas aseguran que la infracción se da por “una suma de factores que inevitablemente genera un contacto entre dos jugadores que disputan de forma ilícita”. Y concluyen: “Argumentar que sólo es una acción de juego una disputa potencialmente peligrosa para el físico del adversario es dejar de tomar en cuenta las consideraciones establecidas para la sanción de faltas y su posible sanción disciplinaria. Según este criterio, la decisión técnica inicial (el penal) del árbitro (Juan López) se puede considerar más apropiada para esta situación, acompañada de una sanción disciplinaria por temeridad (tarjeta amarilla)”.
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